¿Qué especialidades tiene la tramitación urgente?
¿Qué especialidades tiene la tramitación urgente?
Se sigue el mismo procedimiento ordinario, con tres particularidades: (1) los expedientes tienen preferencia de despacho y los órganos intervinientes disponen de 5 días para emitir informes o cumplimentar trámites, ampliables a 10 días si el expediente es complejo o concurre causa justificada; (2) los plazos de licitación, adjudicación y formalización se reducen a la mitad, con las excepciones del artículo 119.2.b); y (3) el inicio de la ejecución no puede exceder de un mes desde la formalización.
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- Fecha
- 21/06/2026