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¿Cuándo puede el Ayuntamiento de Arona declarar urgente la tramitación de un expediente de contratación?

¿Cuándo puede el Ayuntamiento de Arona declarar urgente la tramitación de un expediente de contratación?

Conforme al artículo 119 de la LCSP, cuando la contratación responda a una necesidad inaplazable o deba acelerarse por razones de interés público. La urgencia no puede derivar de la negligencia o voluntariedad de la Administración, por lo que el expediente debe contener una declaración de urgencia del órgano de contratación, debidamente motivada.

Información adicional

Fecha
21/06/2026
Responsable:Arona Desarrollo SA (Adesa)
Actualizado:22/06/2026
Datos desde:01/01/2020
Tipo:Preguntas frecuentes y aclaraciones relativas al contenido de los contratos
Categoría:Contratos
Subcategoría:Contratos
Referencia normativa:

Art. 28 Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.